a) Estar empadronados en algún
municipio de Castilla y León.
b) Tener a su cargo a menores de cuatro años que
hayan nacido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de
diciembre de 2019 que hayan acudido a centros
infantiles inscritos en el Registro de Centros para
la conciliación de la vida familiar y laboral en
Castilla y León durante el año 2019.
c) Realizar una actividad por cuenta propia o ajena
por la cual estén dados de alta en el régimen
correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad
en el año 2019.
d) En relación con el nivel de renta de la unidad
familiar, encontrarse en alguna de las situaciones
descritas en el punto 4.d de la resolución de
convocatoria para el periodo de referencia.
e) No hallarse incurso en ninguna de las
prohibiciones legalmente previstas.
f) Hallarse al corriente de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
La cuantía máxima de la subvención a
conceder será de 1.320 euros por solicitante.
La subvención no podrá superar el
coste total de los gastos que los centros declararán
ante la Agencia Tributaria, en el modelo 233,
«Declaración informativa por gastos en guarderías o
centros de educación infantil autorizados» en el mes
de enero de 2020. Por este motivo, los centros
infantiles deberán facilitar a las personas
beneficiarias un certificado que contenga los datos
incluidos en el modelo 233 citado, correspondiente
al año 2019.
La Gerencia de Servicios Sociales
quiere dar un paso más en la utilización de los
medios electrónicos, en la simplificación
administrativa y en la Administración sin papeles.
Por ello, la solicitud que podrá ser cumplimentada,
firmada y registrada electrónicamente, a través de
la Web, a la que también se podrá acceder desde el
móvil , mediante la utilización del sistema Cl@ve
Permanente. Estas subvenciones podrán solicitarse en
dicho modelo en el plazo anteriormente indicado. Por
ello es recomendable que todas las personas que
tengan previsto solicitar la subvención se den de
alta en el sistema de Cl@ve Permanente.